Términos del servicio

Términos y Condiciones

ARTÍCULO 1 – DEFINICIONES

En estos términos y condiciones:
1. Plazo de reflexión: el plazo durante el cual el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento;
2. Consumidor: la persona física que no ejerce una profesión o negocio y que celebra un contrato a distancia con el empresario;
3. Día: día natural;
4. Duración de la transacción: un contrato a distancia relativo a una serie de productos o servicios, cuya obligación de entrega o compra se extiende en el tiempo;
5. Soporte duradero de datos: cualquier medio que permita al consumidor o empresario almacenar información dirigida a él personalmente, de forma que permita su consulta posterior y la reproducción inalterada de la información almacenada.
6. Derecho de desistimiento: la opción del consumidor de cancelar el contrato a distancia dentro del plazo de desistimiento;
7. Empresario: la persona física o jurídica miembro de la Organización Holandesa Thuiswinkel y que ofrece productos o servicios a los consumidores a distancia; 8. Contrato a distancia: contrato mediante el cual, en el marco de un sistema organizado por el empresario para la venta a distancia de productos o servicios, hasta la celebración del contrato inclusive, se utilizan una o más técnicas de comunicación a distancia;
9. Técnica de comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para celebrar un contrato sin que el consumidor y el empresario se reúnan simultáneamente en el mismo espacio.

ARTÍCULO 2 – IDENTIDAD DEL EMPRESARIO

AQUAPLANET B.V
POLONIA 66
1046 BD ÁMSTERDAM
PAÍSES BAJOS
En adelante, Aquaplanet
Correo electrónico: contact@aquaplanetsports.nl
Número de la Cámara de Comercio: 90031814
Número de identificación fiscal: NL865188658B01

ARTÍCULO 3 – APLICABILIDAD
1. Las presentes condiciones generales se aplican a todas las ofertas del empresario y a todos los contratos a distancia celebrados entre el empresario y el consumidor.
2. Antes de la celebración del contrato a distancia, el texto de estas condiciones generales se pondrá a disposición del consumidor. Si esto no fuera razonablemente posible, antes de la celebración del contrato a distancia, se indicará que las condiciones generales pueden consultarse en las instalaciones del empresario y que se enviarán gratuitamente lo antes posible a petición del consumidor. 3. Si el contrato a distancia se celebra electrónicamente, a diferencia del párrafo anterior y antes de su celebración, el texto de estas condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor electrónicamente de forma que pueda ser leído por el consumidor. El texto podrá almacenarse de forma sencilla en un soporte de datos duradero. Si esto no es razonablemente posible, antes de la celebración del contrato a distancia, se indicará dónde pueden consultarse electrónicamente las condiciones generales y que se enviarán gratuitamente a petición del consumidor, ya sea electrónicamente o por otros medios.
4. En caso de que se apliquen condiciones específicas de un producto o servicio además de estas condiciones generales, se aplicarán mutatis mutandis los párrafos segundo y tercero y, en caso de conflicto entre las condiciones generales, el consumidor siempre podrá invocar la disposición aplicable que le resulte más conveniente.

ARTÍCULO 4 – LA OFERTA
1. Si una oferta tiene una vigencia limitada o está sujeta a condiciones, esto se indicará expresamente en la oferta. 2. La oferta contiene una descripción completa y precisa de los productos y/o servicios ofrecidos. La descripción es lo suficientemente detallada como para que el consumidor pueda evaluar adecuadamente la oferta. Si el empresario utiliza imágenes, estas representan fielmente los productos y/o servicios ofrecidos. Los errores evidentes o inexactitudes en la oferta no son vinculantes para el empresario.
3. Cada oferta contiene información que deja claro al consumidor los derechos y obligaciones que conlleva su aceptación. Esto se refiere, en particular, a:
- el precio, incluidos los impuestos;
- los gastos de envío;
- la forma en que se celebrará el contrato y las acciones necesarias para ello;
- la aplicación del derecho de desistimiento;
- la forma de pago, entrega y ejecución del contrato;
- el plazo de aceptación de la oferta o el plazo en el que el empresario garantiza el precio; - el importe de la tarifa de comunicación a distancia si los costes del uso de la tecnología de comunicación a distancia se calculan sobre una base distinta a la tarifa básica habitual para el medio de comunicación utilizado;
- si el contrato se archivará tras su celebración y, en caso afirmativo, en qué archivo;
- la forma en que el consumidor puede consultarlo;
- la forma en que el consumidor, antes de celebrar el contrato, puede consultarlo y
restaurar el contrato si lo desea;
- cualquier otro idioma en el que, además del neerlandés, se pueda formalizar el contrato;
- los códigos de conducta a los que se adhiere el consumidor

El empresario se ha sometido a las normas y la forma en que el consumidor puede consultar estos códigos de conducta electrónicamente;
y
- la duración mínima del contrato a distancia en caso de una transacción a largo plazo.

ARTÍCULO 5 – EL ACUERDO

1. El contrato se perfecciona, con sujeción a lo dispuesto en el apartado 4, en el momento de la aceptación de la oferta por parte del consumidor y del cumplimiento de las condiciones correspondientes.
2. Si el consumidor ha aceptado la oferta electrónicamente, el empresario confirmará inmediatamente la recepción de la misma por vía electrónica. Mientras el empresario no confirme la recepción de esta aceptación, el consumidor podrá rescindir el contrato.
3. Si el contrato se perfecciona electrónicamente, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para asegurar la transferencia electrónica de datos y garantizar un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar electrónicamente, el empresario adoptará las medidas de seguridad adecuadas.
4. El empresario podrá, dentro del marco legal, informarse sobre si el consumidor puede cumplir con sus obligaciones de pago, así como sobre todos aquellos hechos y factores importantes para una formalización responsable del contrato a distancia. Si, basándose en esta investigación, el empresario tiene motivos fundados para no celebrar el contrato, tendrá derecho a rechazar un pedido o solicitud justificadamente, o a imponer condiciones especiales para su ejecución.
5. El empresario enviará al consumidor la siguiente información junto con el producto o servicio, por escrito o de forma que el consumidor pueda almacenarla de forma accesible en un soporte de datos duradero:
a. la dirección del establecimiento del empresario donde el consumidor puede presentar reclamaciones;
b. las condiciones y la forma en que el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento, o una declaración clara sobre la exclusión del mismo;
c. la información sobre las garantías y el servicio posventa existente;
d. la información incluida en el artículo 4, apartado 3, de estas condiciones generales, a menos que el empresario ya la haya proporcionado al consumidor antes de la formalización del contrato;
e. los requisitos para la rescisión del contrato si este tiene una duración superior a un año o indefinida. 6. En el caso de una transacción a largo plazo, la disposición del párrafo anterior solo se aplica a la primera entrega.

ARTÍCULO 6 – DERECHO DE DESISTIMIENTO
Tras la entrega de los productos:
1. Al comprar productos, el consumidor tiene la opción de rescindir el contrato sin justificación durante 14 días. Este periodo de desistimiento comienza al día siguiente de la recepción del producto por el consumidor o un representante designado previamente por este y notificado al empresario.
2. Durante el periodo de desistimiento, el consumidor manipulará el producto y el embalaje. Solo desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para evaluar si desea conservarlo. Si ejerce su derecho de desistimiento, devolverá el producto con todos los accesorios suministrados y, si es razonablemente posible, en su estado y embalaje originales al empresario, de acuerdo con las instrucciones razonables y claras proporcionadas por este. En la prestación de servicios:
3. En la prestación de servicios, el consumidor tiene la opción de rescindir el contrato sin justificación durante un plazo mínimo de catorce días, a contar desde la fecha de su celebración.
4. Para ejercer su derecho de desistimiento, el consumidor deberá seguir las instrucciones razonables y claras proporcionadas por el empresario junto con la oferta y/o, a más tardar, junto con la entrega.

ARTÍCULO 7 – COSTES EN CASO DE DESISTIMIENTO
1. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, los costes de devolución correrán a cargo, como máximo.
2. Si el consumidor ha abonado un importe, el empresario lo reembolsará lo antes posible, en un plazo máximo de 30 días tras la devolución o cancelación.

ARTÍCULO 8 – EXCLUSIÓN DEL DERECHO DE DESISTIMIENTO
1. El empresario podrá excluir el derecho de desistimiento del consumidor en la medida prevista en los apartados 2 y 3. La exclusión del derecho de desistimiento solo se aplicará si el empresario lo ha indicado claramente en la oferta, al menos con antelación a la celebración del contrato.
2. La exclusión del derecho de desistimiento solo es posible para productos:
a. que hayan sido creados por el empresario conforme a las especificaciones del consumidor;
b. que sean claramente personales;
c. que no puedan devolverse debido a su naturaleza;
d. que puedan deteriorarse o envejecer rápidamente;
e. cuyo precio esté sujeto a fluctuaciones del mercado financiero sobre las que el empresario no tenga influencia;
f. para periódicos y revistas sueltos;
g. para grabaciones de audio y vídeo y programas informáticos cuyo sello del consumidor haya roto.
3. La exclusión del derecho de desistimiento solo es posible para servicios:
a. relacionados con

Alojamiento, transporte, restauración o actividades de ocio que se realicen en una fecha o período específicos;
b. cuya entrega haya comenzado con el consentimiento expreso del consumidor antes de que expire el plazo de desistimiento;
c. en relación con apuestas y loterías.

ARTÍCULO 9 – PRECIO
1. Durante el periodo de validez establecido en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no se incrementarán, salvo por cambios de precio, como los debidos a cambios en los tipos de IVA.
2. A diferencia del párrafo anterior, el empresario puede ofrecer productos o servicios cuyos precios estén sujetos a fluctuaciones en el mercado financiero y sobre los que no tenga influencia, con precios variables. Esta dependencia de las fluctuaciones y el hecho de que los precios indicados sean precios indicativos se indican en la oferta.
3. Los aumentos de precio dentro de los 3 meses posteriores a la celebración del contrato solo se permiten si son consecuencia de disposiciones legales. 4. Los aumentos de precio a partir de los 3 meses posteriores a la celebración del contrato solo se permiten si el empresario así lo ha estipulado y:
a. son consecuencia de regulaciones o disposiciones legales; o
b. el consumidor tiene derecho a rescindir el contrato con efecto a partir del día en que surta efecto el aumento de precio.
5. Los precios indicados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA.

ARTÍCULO 10 – CONFORMIDAD Y GARANTÍA
1. El empresario garantiza que los productos y/o servicios cumplen con el contrato, las especificaciones indicadas en la oferta, los requisitos razonables de solidez y/o usabilidad y, en la fecha de celebración del contrato, las disposiciones legales y/o normativas gubernamentales vigentes. Si se acuerda, el empresario también garantiza que el producto es apto para un uso distinto al normal.
2. La garantía proporcionada por el empresario, fabricante o importador no afecta a los derechos y reclamaciones legales que el consumidor pueda ejercer contra el empresario en virtud del contrato.

ARTÍCULO 11 – ENTREGA Y EJECUCIÓN
1. El empresario actuará con la máxima diligencia al recibir y ejecutar los pedidos de productos y al evaluar las solicitudes de prestación de servicios.
2. El lugar de entrega será la dirección que el consumidor haya comunicado a la empresa.
3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de estas condiciones generales, la empresa ejecutará los pedidos aceptados con la mayor celeridad posible, a más tardar en un plazo de 30 días, salvo que se haya acordado un plazo de entrega mayor. Si la entrega se retrasa o si un pedido no puede ejecutarse, o solo se puede ejecutar parcialmente, se notificará al consumidor en un plazo máximo de 30 días desde su realización. En tal caso, el consumidor tendrá derecho a rescindir el contrato sin coste alguno y a recibir una indemnización.
4. En caso de rescisión conforme al párrafo anterior, el empresario reembolsará el importe abonado por el consumidor lo antes posible, a más tardar en un plazo máximo de 30 días desde la cancelación o el reembolso. 5. Si la entrega de un producto pedido resulta imposible, el empresario hará todo lo posible para proporcionar un artículo de reemplazo. A más tardar en el momento de la entrega, se informará de forma clara y comprensible que se entregará un artículo de reemplazo. No se excluye el derecho de desistimiento para los artículos de reemplazo. Los gastos de una posible devolución correrán a cargo del empresario.

6. El riesgo de daño o pérdida de los productos recae en el empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante designado previamente y notificado al empresario, salvo acuerdo expreso en contrario.

ARTÍCULO 12 – PAGO
1. Salvo acuerdo en contrario, las cantidades adeudadas por el consumidor deberán abonarse en un plazo de 14 días a partir del plazo de desistimiento mencionado en el artículo 6, apartado 1. En el caso de un contrato de prestación de servicios, este plazo comienza a contar desde la recepción de la confirmación del contrato por parte del consumidor.

2. En la venta de productos a consumidores, las condiciones generales nunca podrán estipular un pago por adelantado superior al 50%. Cuando se haya estipulado un pago por adelantado, el consumidor no podrá ejercer ningún derecho con respecto a la ejecución del pedido o servicio(s) correspondiente(s) antes de que se haya realizado dicho pago.
3. El consumidor está obligado a informar inmediatamente al empresario de cualquier inexactitud en los datos de pago proporcionados o declarados.
4. En caso de impago por parte del consumidor, el empresario tiene derecho, sujeto a las restricciones legales, a cobrar los costes razonables que se le hayan comunicado previamente.

ARTÍCULO 13 – PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIONES
1. El empresario cuenta con un procedimiento de reclamaciones suficientemente difundido y tramita las reclamaciones de conformidad con dicho procedimiento.
2. Las reclamaciones sobre la ejecución del contrato deberán presentarse al empresario en un plazo razonable, descritas de forma completa y clara, una vez que el consumidor haya descubierto los defectos.
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Las reclamaciones presentadas al empresario recibirán respuesta en un plazo de 14 días a partir de la fecha de recepción. Si una reclamación requiere un plazo de tramitación previsiblemente mayor, el empresario responderá en un plazo de 14 días con un acuse de recibo e indicará al consumidor cuándo puede esperar una respuesta más detallada.
4. Las reclamaciones sobre un producto o servicio del empresario también pueden presentarse a través del formulario de reclamaciones disponible en la página del consumidor del sitio web de la Organización Holandesa Thuiswinkel www.thuiswinkel.org. La reclamación se enviará tanto al empresario en cuestión como a la Organización Holandesa Thuiswinkel.
5. Si la reclamación no puede resolverse mediante consulta mutua, se producirá una controversia sujeta al procedimiento de resolución de controversias.

ARTÍCULO 14 – CONTROVERSIAS
1. A los acuerdos entre el empresario y el consumidor a los que se aplican estas condiciones generales solo se les aplicará la legislación neerlandesa. 2. Las controversias entre el consumidor y el empresario sobre la celebración o ejecución de contratos relativos a productos y servicios que deba entregar o suministrar este empresario podrán, con el debido cumplimiento de las disposiciones siguientes, ser sometidas por ambos, ante la Comisión de Litigios de Thuiswinkel, Apartado de correos 90600, 2509 LP, La Haya (www.sgc.nl).
3. La Comisión de Litigios solo tramitará una controversia si el consumidor ha presentado previamente su reclamación al empresario dentro de un plazo razonable.
4. La controversia deberá presentarse por escrito a la Comisión de Litigios en un plazo máximo de tres meses desde su surgimiento.
5. Si el consumidor desea someter una controversia a la Comisión de Litigios, el empresario estará obligado a ello. En tal caso, deberá indicar por escrito, en el plazo de cinco semanas a partir de la solicitud escrita del empresario, si desea hacerlo o si prefiere que la controversia sea tramitada por el tribunal competente. Si el empresario no conoce la decisión del consumidor en un plazo de cinco semanas, tendrá derecho a someter el litigio al tribunal competente.
6. El Comité de Litigios dicta una resolución en las condiciones establecidas en su reglamento. Las decisiones del Comité de Litigios tienen carácter vinculante.
7. El Comité de Litigios no tramitará un litigio o lo suspenderá si al empresario se le ha concedido una suspensión de pagos, se ha declarado en quiebra o ha cesado su actividad comercial antes de que el comité haya resuelto el litigio en la audiencia y se haya emitido una decisión definitiva.
8. Si, además del Comité de Litigios de Thuiswinkel, fuera competente otro comité de litigios reconocido o afiliado a la Fundación de Comités de Litigios para Asuntos del Consumidor (SGC) o al Instituto de Quejas para Servicios Financieros (Kifid), el Comité de Litigios de Thuiswinkel será responsable de los litigios relacionados principalmente con la venta a distancia o la prestación de servicios. Para cualquier otra controversia, la otra comisión de controversias reconocida afiliada a SGC o Kifid.

ARTÍCULO 15 DISPOSICIONES ADICIONALES O DIFERENTES
Las disposiciones adicionales o que se aparten de estas condiciones generales no podrán perjudicar al consumidor y deberán constar por escrito o de forma que el consumidor pueda almacenarlas de forma accesible en un soporte de datos duradero.